Frente Amplio condenó irrupción de policía de Ecuador en embajada mexicana
La Convención de Viena garantiza la inviolabilidad de las embajadas y otros locales diplomáticos como parte fundamental del respeto a la soberanía y la integridad de las misiones diplomáticas de los Estados, pero Ecuador ignoró este tratado del cual es parte firmante.
El Frente Amplio ha emitido un comunicado expresando su firme condena ante la irrupción violenta de la policía ecuatoriana en la embajada de México en Quito, con el objetivo de detener al ex vicepresidente Jorge Glas. Esta acción es considerada una grave violación al derecho internacional, dado que México otorgó asilo político a Glas en diciembre de 2023, amparado por las normas internacionales.
Según lo establecido en el artículo IV de la Convención sobre Asilo Diplomático, es responsabilidad del Estado asilante determinar la naturaleza del delito o los motivos de la persecución, así como garantizar la inviolabilidad de los locales de la misión diplomática.
El Frente Amplio muestra su solidaridad con el gobierno mexicano y su Presidente Manuel López Obrador, así como con los funcionarios de la embajada agredidos durante este incidente. Asimismo, hacen un llamado a la inmediata restitución del asilo político de Jorge Glas y a estar atentos ante el deterioro de las relaciones diplomáticas en la región.
El gobierno de Luis Lacalle Pou también se pronunció ante esta violación al derecho internacional por parte de Ecuador, lamentando «profundamente» los hechos acaecidos. El ejecutivo de Luis Lacalle Pou enfatizó que “en ningún caso” se justifica “el ingreso por la fuerza a la misión diplomática”, reafirmando el respeto a la integridad de las sedes diplomáticas como principio fundamental en las relaciones internacionales.
Las embajadas son intocables bajo la Convención de Viena
La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, adoptada en 1961, establece normas cruciales para regular las relaciones entre los Estados y sus misiones diplomáticas. Uno de los principios más importantes que aborda esta convención es el de la inviolabilidad de las embajadas y otros locales diplomáticos.
Según la Convención de Viena, los locales de una misión diplomática son inviolables. Esto significa que el Estado receptor no puede ingresar a estos lugares sin el consentimiento del jefe de la misión diplomática. Esta inviolabilidad se extiende a todos los documentos, archivos y comunicaciones de la misión, los cuales no pueden ser objeto de registro o confiscación.
Asimismo, la Convención establece que los agentes del Estado receptor tienen la obligación de proteger los locales de la misión diplomática contra cualquier intrusión o daño, y deben abstenerse de interferir en el normal funcionamiento de la misión.
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