MTOP tendrá que pagar US$1.2 millones por daños provocados a productores rurales tras construcción de ruta
Tres productores rurales aseguran que la construcción de una ruta les provocó daños sustanciosos.
En el año 2001, se inició la construcción de la ruta 18 en Treinta y Tres, una obra que, aunque vital para la conectividad, desencadenó una serie de problemas para tres productores rurales de la región. Estos productores decidieron llevar su caso a la justicia, argumentando daños a sus campos, ganado y alambrados debido a la falta de drenaje en la carretera. A lo largo de los años, este conflicto legal se ha convertido en un hito de lucha por la justicia y la reparación de los perjuicios causados.
En 2007, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno emitió una condena que instaba al Ministerio de Transporte a llevar a cabo las obras de desagüe de la ruta 18 en un plazo de dos años. Esta sentencia respondía a los problemas de inundación que afectaban a los campos de los productores rurales demandantes y áreas circundantes. Sin embargo, no fue hasta el año 2009 que el Tribunal de Apelaciones de 1° Turno confirmó la sentencia y estableció que el Ministerio de Transporte debía indemnizar a aquellos que pudieran demostrar haber sufrido perjuicios debido a la falta de drenaje en la ruta 18, pero solo a partir del año 2001.
La controversia se intensificó el 14 de octubre de 2016, cuando el Ministerio de Transporte finalmente construyó tres bocas de salida de agua en el terraplén de la ruta. Sin embargo, los tres productores rurales consideraron que estas obras fueron «mal construidas, sin plan y sin estudios». A partir de ese momento, comenzaron a reclamar por los daños sufridos desde el 1 de julio de 2001 hasta la fecha de finalización de los drenajes.
MTOP rechaza todas las acusaciones
Los tres productores rurales explotan un total de aproximadamente 650 hectáreas de tierra. En su argumentación ante el juez de lo Contencioso Administrativo de 3° Turno, Pablo Javier Gandini, los demandantes describieron las consecuencias de las inundaciones en sus propiedades y los perjuicios sufridos durante un período de 15 años. Durante este tiempo, tuvieron que recurrir a contratos de arrendamiento de tierras para pastoreo, trasladar continuamente a sus animales, enfrentar roturas frecuentes de alambradas y porteras debido a las crecidas, y lidiar con pérdidas de peso y estrés en el ganado. El monto reclamado por los tres productores asciende a alrededor de US$ 1.200.000, más intereses.
En contraposición, el Ministerio de Transporte rechazó cualquier vínculo entre los daños sufridos y las inundaciones generadas por la ruta 18, argumentando que las inundaciones eran eventos naturales que siempre habían afectado a estas áreas, incluso antes de la construcción de la carretera. Según el asesor legal del Ministerio, no se trataba de un acto ilícito por parte del Estado.
El juez Pablo Javier Gandini basó su veredicto en pruebas técnicas proporcionadas por Dinagua, que demostraron la existencia de inundaciones significativas entre 2001 y 2016. Estos estudios revelaron que en algunas ocasiones, las crecidas superaron los cuatro metros, y que el nuevo trazado de la ruta 18 había contribuido al aumento del volumen de las inundaciones. Gandini determinó que se habían causado daños a los demandantes durante el período reclamado y que el Estado no había tomado las medidas necesarias para prevenirlos.
En consecuencia, el juez otorgó una reparación parcial a los productores rurales, que incluyó compensación por arrendamientos de tierras, gastos sanitarios, reparaciones de alambradas y pérdida de capacidad productiva, sumando un total de US$ 655.629. Además, se estableció una reparación de $ 990.338 por el traslado del ganado y reparaciones de alambrados. Las pérdidas relacionadas con la pérdida de peso del ganado y la muerte de animales debido a las crecidas se liquidarán en una instancia judicial posterior, pero se espera que superen el millón de dólares.
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