¿Y la laicidad?

Dirección del Vilardebó organiza misa en el hospital oficiada por Daniel Sturla

El arzobispo de Montevideo llevará a cabo una misa en el centro de salud mental, contrario a la laicidad del Estado, que abarca también a la salud pública.

Arzobispo de Montevideo, cardenal Daniel Sturla.
Arzobispo de Montevideo, cardenal Daniel Sturla.

La reciente reapertura de la capilla del Hospital Vilardebó en Uruguay, junto con la invitación a una misa del cardenal Daniel Sturla y la programación de encuentros para la “divulgación de la palabra de Dios y el rezo de rosario”, está causando revuelo por lo que, para algunos, representa una clara violación de la laicidad del Estado uruguayo.

La laicidad del Estado implica que el gobierno y las instituciones públicas deben mantenerse neutrales en cuestiones religiosas y no favorecer ninguna religión en particular. Sin embargo, la dirección del Hospital Vilardebó ve la situación distinta, permitiendo la reapertura de una capilla y la programación de ceremonias religiosas en sus instalaciones. Todo esto sumado a una invitación enviada por email a invitados específicos, entre los que destacan medios de prensa.

Para el diputado del Partido Colorado, Ope Pasquet, la invitación a un representante de la Iglesia Católica, como es el cardenal Daniel Sturla, podría enviar un mensaje equivocado y contrario a los valores de la democracia y la igualdad. “Todos los cultos religiosos son libres en el Uruguay, pero ‘el Estado no sostiene religión alguna’. Otra vez, la laicidad desconocida. Solicitaremos en el Parlamento las explicaciones del caso”, manifestó en Twitter el legislador coalicionista.

El conflicto entre la religión y la salud mental

Esta acción de la dirección del Hospital Vilardebó es aún más problemática si se considera que la institución atiende a personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, en cuanto a su salud mental, y que, por lo tanto, debería centrarse en su bienestar y atención médica.

Es necesario remarcar que la laicidad del Estado no significa prohibir la religión o la práctica religiosa en privado, sino que busca garantizar la neutralidad del Estado en estos asuntos y proteger los derechos de todas las personas a la libertad de religión o de creencias.

Pasquet convocará al Parlamento a autoridades de ASSE y el MSP ante esta controvertida situación.

La laicidad del Estado uruguayo en la Constitución de la República

La Constitución de la República Oriental del Uruguay establece claramente la laicidad del Estado en su artículo 5, que establece que “El Estado no tiene religión oficial”. Esta disposición es reafirmada en el artículo 6, que establece que “El Estado garantiza la libertad de cultos” y que “ninguna confesión tendrá carácter oficial”.

Además, el artículo 55 de la Constitución establece que “el Estado garantiza la libertad de conciencia y de religión, en los términos de la presente Constitución y las leyes que la reglamenten”. Este artículo también determina que “nadie será obligado a declarar sobre sus creencias religiosas o filosóficas” y que “los actos de culto y las ceremonias religiosas serán privados y se celebrarán sin ostentación”.

Estas disposiciones constitucionales establecen de manera clara y contundente la laicidad del Estado uruguayo y la garantía de la libertad de culto y de conciencia.

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