Bergara dijo que Lacalle Pou no puede intervenir en propaganda política, según la Constitución
El senador del Frente Amplio, Mario Bergara, expresó que según el artículo 77 de la Constitución de la República, el presidente de la República, no puede intervenir en propaganda política. Luis Lacalle Pou dijo días pasados que seguramente será el vocero del “No” en defensa de 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC), y que tiene el amparo jurídico constitucional para hacerlo.
Lacalle dijo que seguramente será el vocero por el “No” en la cadena nacional de radio y televisión, en respaldo a los 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) que serán sometidos a consideración de la ciudadanía en el referéndum del 27 de marzo.
“Es la Ley de todo el Poder Ejecutivo, de toda la coalición de gobierno, y está el gancho mío, está la firma mía”, dijo Lacalle en entrevista con Telemundo 12.
“Lo que yo no puedo hacer es política partidaria, entonces como tengo miedo de pisar la raya, y aparte me gusta, no he ido a asambleas, no he ido a actos. Podría haber ido a lugares a hablar, pero prefiero que no porque se va a confundir con un actos políticos partidarios. Entonces, no me corresponde. Ahora, en una entrevista, en la Asamblea General, lo que puede ser una cadena nacional, me siento con el derecho y con el amparo jurídico y constitucional, y además con la obligación de explicar el por qué sostenemos el ‘No’ en este referéndum”, explicó el jefe de Estado.
Bergara dice que Lacalle no puede intervenir
Sin embargo, el senador del Frente Amplio, Mario Bergara, dijo que según el artículo 77 de la Constitución de la República, el presidente “no puede intervenir en la propaganda política de carácter electoral”.
“El referéndum es una instancia electoral. ¿Que sea él quien hable en la cadena de radio y televisión a favor del ‘No’, no viola la Carta Magna? ¿Por qué lo hace? ¿Será que el ‘Sí avanza?”, interrogó el legislador.
El artículo 77 numeral 5 de la Constitución establece que: “El Presidente de la República y los miembros de la Corte Electoral no podrán formar parte de comisiones o clubes políticos, ni actuar en los organismos directivos de los partidos, ni intervenir en ninguna forma en la propaganda política de carácter electoral”.
Compartí tu opinión con toda la comunidad