ELECCIONES EN EL BPS

Elecciones del BPS: ganaron las listas 1 y 11, representantes de los trabajadores. USU se insertó con una lista

Se impusieron dos listas apoyadas por el PIT-CNT, y una respaldada por Un Solo Uruguay.

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El Directorio del BPS está conformado por cuatro miembros designados por el Poder Ejecutivo con venia de la Cámaras de Senadores y tres delegados sociales electos por cada uno de los órdenes: jubilados y pensionistas, trabajadores activos, y empresas contribuyentes. Los comicios se realizan cada cinco años.

Este domingo se realizarán las elecciones entre las 08:00 y las 19:30 horas. Hay más de 1.5 millones de habilitados.

Los activos habilitados son 1.037.000 trabajadores, los pasivos son 572.000, y unas 162.000 empresas que elegirán este domingo a sus respectivos representantes en el Directorio del organismo previsional.

Candidatos y resultados

Hacia las 22 horas de este domingo, se habían escrutado 4.318 circuitos para un total de 85,9% de los 5.024 circuitos instalados.

En el orden afiliados activos (trabajadores) los candidatos y votos recibidos son:

Ramón Ruiz, de la Lista 11, quien cuenta con el apoyo del PIT-CNT: 343.524 votos.

Luis Lisboa, de la Lista 16 a quien lo respalda Un Solo Uruguay: 209.118 votos. 

En blanco votaron 85.516 y los anulados fueron 70.149.

En el orden pasivos (jubilados y pensionistas) los candidatos y votos recibidos son:

Sixto Amaro, Lista 1, con respaldo del PIT-CNT: 138.626 votos. 

Virginia Vaz, Lista 6, de Un Solo Uruguay: 110.986 votos.

Héctor Morales, Lista 2, apoyo indefinido: 22.483 votos. 

En blanco votaron 23.716 y los anulados fueron 13.079.

En el orden empresas contribuyentes, los candidatos son:

José Pereyra, Lista 26, con el respaldo de Un Solo Uruguay: 65.968 votos. 

Marcelo Ríos, Lista 22, apoyo indefinido: 42.595 votos. 

En blanco votaron 26.233 y los anulados son 13.581.

Denuncian que el PN violó la veda electoral haciendo proselitismo por lista de Un Solo Uruguay

El representante de los trabajadores en el directorio del BPS presentó las pruebas de la denuncia…

¿Quiénes votaban?

El voto es secreto, obligatorio y único. La Corte Electoral informó que el caso de afiliados pasivos y activos se exceptúa de la obligatoriedad a quienes tengan 75 años de edad cumplidos a la fecha de la elección y a los que, cualquiera sea su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el BPS.

Activos

Votan las personas mayores de 18 años que estén registradas como trabajadores públicos o privados en el BPS, al 28 de febrero de 2021. También votan quienes a dicha fecha estuvieren amparados al subsidio por desempleo, maternidad, enfermedad o subsidio transitorio por incapacidad parcial, mientras se mantenga la relación de trabajo.

El trabajador que tenga pluralidad de afiliaciones al Banco de Previsión Social, tendrá derecho a un solo voto.

Pasivos

También son electores las personas mayores de 18 años de edad al 28 de febrero de 2021 que hubieran sido declaradas jubiladas, los pensionistas por sobrevivencia y los pensionistas a la vejez o por invalidez por resolución del Directorio del BPS anterior a dicha fecha (28 de febrero de 2021) y no hayan sido declarados incapaces por juez competente, conforme a la normativa aplicable.

Quien reúna la calidad de jubilado y pensionista o perciba más de una jubilación o pensión, sólo tendrá derecho a un voto.

Empresas contribuyentes

Son electores las empresas no estatales contribuyentes, inscriptas como tales en el Banco de Previsión Social, que estén al día al 28 de febrero de 2021 en el pago de sus obligaciones y en el de las facilidades concedidas, cuyos electores tengan 18 años de edad.

Todas las empresas contribuyentes, cualquiera sea su naturaleza o forma de constitución, tendrán, al igual que las unipersonales, un solo voto y un solo representante por elector.

Las personas jurídicas y empresas pluripersonales deberán hacerse representar por un apoderado con facultades expresas para el acto del voto. En el caso de las empresas unipersonales, se exceptúa de la obligatoriedad a los titulares con 75 años de edad cumplidos al día de la elección y a los que, cualquiera sea su edad, fueren titulares de prestaciones por incapacidad servidas por el BPS.

Disposiciones generales

Para votar se debe presentar la credencial cívica. Las personas extranjeras habilitadas que no cuenten con dicho documento podrán votar con cédula de identidad.

Quienes estén habilitados a votar y se encuentren trabajando el día de la elección tienen derecho a un tiempo libre pago no menor a dos horas para concurrir a votar en sus respectivos circuitos.

El voto es obligatorio, excepto para quienes a la fecha de la elección tengan más de 75 años de edad sin importar el orden, o perciban prestaciones por discapacidad.

La multa por no votar es de una Unidad Reajustable (es decir 1.358 pesos). Dicha multa se duplicará en caso de profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República o funcionarios públicos. En el caso de las empresas, las multas aumenta en UR de acuerdo a la cantidad de empleados que tenga.

Los justificativos por no votar son: “Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida concurrir a votar el día de la elección, estar imposibilitado de concurrir por razones de fuerza mayor, hallarse fuera del país el día de la elección y encontrarse domiciliado fuera del departamento en que debe votar”.

El plazo para la presentación de solicitudes de justificación vence 27 de enero de 2022.

Quienes estén habilitados en más de un orden deben votar en cada orden.

No hay voto observado, por lo cual se debe votar en el lugar donde esté registrada la credencial cívica.

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