JUTEP: Intendente Caram “violó los principios de probidad, legalidad y transparencia”
La Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) constató que el intendente de Artigas, Pablo Caram (Partido Nacional), “violó los principios de probidad, legalidad, transparencia y varias normas que rigen las contrataciones por parte de las intendencias departamentales".
En las últimas horas, la JUTEP difundió un informe sobre las actuaciones de Caram, a raíz de una denuncia que realizó en su momento un edil departamental del Partido Colorado, vinculadas con irregularidades en adjudicaciones de licitaciones de obras públicas.
Con fecha 10 de octubre de 2018 el directorio de la Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) recibió del edil departamental de Artigas Francisco Bandera una solicitud para que analizara eventuales irregularidades en la adjudicación de licitaciones de obra pública a la empresa Pedrera del Norte S.R.L, por parte de la Intendencia departamental.
La solicitud se fundaba en el hecho de que “los socios de la referida empresa son los señores Rodrigo Jiménez y Martín Bicera, siendo éste último hermano del Cr. Omar Bicera quien ‘es funcionario de la Intendencia de Artigas y se desempeñó en la unidad de Proyectos de dicha Intendencia, a su vez integró varias veces la comisión de adjudicación de licitaciones”.
En tal sentido, la JUTEP inició una investigación pormenorizada y requirió al intendente de Artigas, el nacionalista Pablo Caram, el pliego de las licitaciones sobre Pedrera del Norte. También pidió que se aclarara el vínculo familiar entre el funcionario y el socio de la empresa.
El jefe de gobierno departamental informó que las compras a la empresa Pedrera del Norte fueron cinco, por un total de ocho millones de pesos.
Confirmó la relación entre el socio de la empresa y el jerarca, pero dijo que el hermano del empresario había renunciado en 2017 y nunca había actuado en los tribunales de licitaciones de la empresa.
De todos modos, la JUTEP constató que además de Pedrera del Norte había “adjudicaciones” de la Intendencia a otras dos empresas (Prenorte y Jiménez Felice Rodrigo) vinculadas a uno de sus socios, Rodrigo Jiménez.
Por tal motivo, la JUTEP requirió un nuevo informe al jefe de gobierno de Artigas, pero su respuesta no contenía la información que se había pedido.
El organismo logró determinar que Rodrigo Jiménez posee al menos tres empresas: Jiménez Felice Rodrigo, Prenorte (en ambas aparece como apoderado del escribano Emiliano Soravilla Pinato, quien es funcionario de la Intendencia de Artigas) y Pedrera del Norte.
También se constató que Soravilla Pinato ingresó a la Intendencia por designación directa y ocupó varios cargos, y a enero de 2019 tenía un sueldo de 98.198 pesos, aunque cuando ingresó, tres años y medio antes, cobraba unos 25.000 pesos
A la empresa Jiménez Felice Rodrigo se le otorgaron 23 licitaciones a las que se agregaron ocho ampliaciones, por más de 120 millones de pesos.
Mientras que a Pedrera Norte le adjudicaron siete licitaciones y cuatro ampliaciones, por un total de 18 millones de pesos, y a Prenorte se le adjudicaron cinco licitaciones por algo más de ocho millones de pesos.
Conclusiones
En dicho marco, JUTEP concluye que “se ha verificado que el funcionario de la Intendencia departamental de Artigas Cr. Omar Alberto Bicera Hiriart “ha violado los principios de probidad y transparencia y ha incumplido con la obligación de efectuar la Declaración Jurada de implicancias”.
En función de no haberse recibido respuesta de la Intendencia de Artigas sobre actuaciones y procedimientos referidos a las empresas Jiménez Felice Rodrigo y Prenorte “no es posible emitir opinión sobre las eventuales violaciones de los principios de interés público, imparcialidad, implicancias y a la prohibición de intervenir por razones de parentesco”, dice la JUTEP.
Con respecto al funcionario Esc. Emiliano Soravilla Pinato, surge del análisis efectuado que “habiendo sido apoderado de las empresas “Jiménez Felice Rodrigo y Prenorte no consta la explicitación formal ante la Intendencia departamental de tal relación, lo que constituye violación de los principios de probidad, legalidad transparencia, e incumplimiento de la obligación de efectuar la Declaración Jurada”.
También se indica que en función de no haberse recibido respuesta de la Intendencia de Artigas sobre actuaciones y procedimientos referidos a las empresas “Jiménez Felice Rodrigo y Prenorte no es posible emitir opinión sobre las eventuales violaciones de los principios de interés público, imparcialidad, implicancias y de las prohibiciones de contratar y de relaciones con actividad vinculada”.
Irregularidades
La JUTEP verificó la “violación por parte del intendente departamental de Artigas, Pablo Caram de los artículo 20, 21 y 22 numeral 1 de la Ley N° 17.060 y de los principios de probidad (artículo 11 del Decreto 30/003), legalidad (artículo 14 del Decreto 30/003) y transparencia (artículo 18 del Decreto 30/003)”.
“Si bien escapan a los cometidos específicos de la JUTEP, cabe señalar que se han constatado diversas violaciones a normas que rigen las contrataciones por parte de las intendencias departamentales y situaciones dudosas en las que, por falta de respuesta de la Intendencia, no es posible llegar a conclusiones definitivas”, manifiesta el organismo de transparencia y ética.
Con respecto a la evaluación y sanción de incumplimientos señalados, son de aplicación las disposiciones referidas a: “Responsabilidades en su aplicación, faltas disciplinarias, potestad disciplinaria y jurisdicción penal”.
Las actuaciones de la JUTEP fueron remitidas a la Junta Departamental de Artigas, al Tribunal de Cuentas, a la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado, a la Fiscalía General de la Nación y al Poder Ejecutivo.
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