Fiscal pide procesamiento con prisión de cuatro militares por un homicidio en 1972
El fiscal letrado Penal de Montevideo en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, solicitó el procesamiento con prisión de cuatro militares por un homicidio cometido en 1972.
Según informó la Fiscalía General de la Nación, Perciballe pidió el procesamiento de cuatro militares por el homicidio del trabajador rural Óscar Fernández Mendieta, ocurrido el día 24 de mayo de 1972 (aún en democracia) en el Regimiento de Caballería Blindada Nº 2 de Durazno, por su pertenencia al Partido Comunista Revolucionario (PCR).
En tal sentido el fiscal pide el procesamiento de Daniel Blanco y Gustavo Mieres por un delito de “homicidio muy especialmente agravado en calidad de autores”.
De Alberto Ballestrino también incurso prima facie en un delito de “homicidio muy especialmente agravado en calidad de autor, en reiteración real con un delito de abuso de autoridad contra los detenidos”; y de Líber Morinelli también incurso prima facie en “un delito de homicidio muy especialmente agravado en calidad de coautor, y en reiteración real con dos delitos de privación de libertad y dos delitos de abuso de autoridad contra los detenidos”.
Tortura y muerte
En el escrito del fiscal se asegura que “no surge” que la detención de Fernández Mendieta “haya sido efectuada infraganti delito, así como tampoco que existiera orden de detención escrita, y semiplena prueba de participación en un delito”.
También remarca que “su detención se produjo aún en democracia, el día 24 de mayo de 1972, por lo que la misma debió cumplir con tales exigencias, constitucionales. Ergo, la misma resulta ilegítima”.
Además, “ha quedado demostrado en autos que en el Batallón de Caballería Blindada Nº 2 de Durazno se practicaba la tortura». Ello fue expresado por los testigos que depusieron en autos que estuvieron detenidos allí en el momento de la detención y muerte de Fernández Mendieta, indica Perciballe.
Incluso cita a testigos que aseguran haber sido sometidos a diferentes prácticas de tortura, como por ejemplo: plantón, golpizas y picana eléctrica.
También incluye la declaración de un oficial que revestía como teniente 1º en dicho Batallón quien señaló: “Yo sabía que había maltrato, era consciente de eso, sentía los gritos de los detenidos. En Durazno era un sótano donde se interrogaba a los detenidos”.
El fiscal indica que el testimonio de la partida de defunción “amén de establecer como causa de muerte ‘infarto de miocardio’ en forma enigmática destaca seguidamente a su vez politraumatizado”.
Agrega que el reconocimiento médico realizado por dos doctores a instancia de la cónyuge de Fernández Miendieta constata que “las lesiones eran provocadas, no autoinferidas” y “que había algo más porque era una persona joven para morirse de la causa que se había consignado, las lesiones no podían explicar ese fallecimiento”.
Surge asimismo probado que la muerte “acaeció cuando éste era sometido a interrogatorio”, y quienes procedieron al interrogatorio fueron los indagados que reconocieron tal extremo, además de otro co indagado.
En razón de ello, el fiscal solicita sus enjuiciamientos y prisión bajo las referidas imputaciones.
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