ASSE

Tabaré Vázquez dijo que Presidencia se excedería si tomara injerencia en denuncias sobre ASSE

El presidente de la República, Tabaré Vázquez, aseguró que Presidencia de la República caería en una exorbitancia si pretendiera tomar injerencia en las denuncias referidas a que jerarcas y funcionarios de ASSE tienen participación en empresas que han sido contratadas por la propia administración, debido a que las mismas se encuentran a estudio de la Justicia y el Parlamento.

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El pasado 28 de septiembre el diputado del Partido Nacional Martín Lema remitió una carta y documentos al presidente de la República, Tabaré Vázquez, en los que acredita que “jerarcas y funcionarios de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) tienen participación en empresas que han sido contratadas por la propia administración”.

Dicha documentación se encuentra en “poder del directorio de ASSE, del Ministerio de Salud Pública, de la Comisión Investigadora del Parlamento, e incluso algunos casos están siendo investigados por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal Especializado en Crimen Organizado, por lo cual se conoce perfectamente el alcance de la situación”.

Lema indica en su carta que en virtud de la obligación de control, tanto por razones de legalidad como de mérito, que la Constitución Nacional le impone al Poder Ejecutivo en su artículo 197, respecto a la actuación de directores o directores generales, “sería conveniente conocer la posición del presidente de la República sobre los hechos emergentes de la documentación referida”.

Improcedente

Ante ello, Vázquez respondió a Lema a través de una carta fechada el 2 de octubre en la que expresa que “habida cuenta que la denuncia a que alude el legislador ya está siendo instruida a través de procedimientos y por los órganos competentes del Estado en la materia, la Presidencia de la República caería en una exorbitancia si pretendiera tomar injerencia en dichos hechos”.

En lo que concierne a la obligación de control, “se recuerda al señor representante nacional que no existe norma legal o constitucional que le autorice al legislador a excitar el celo de la Presidencia de la República -como parte del Poder Ejecutivo- para que se pongan en marcha los procedimientos establecidos en los artículos 197 y 198 de la Constitución”.

“Tampoco es procedente, el planteo que se pretende en cuanto a conocer la opinión del presidente de la República en lo que tiene que ver con los hechos denunciados, en la medida que, el control de oficio, vinculado a la vigilancia y a la fiscalización de los entes en sus aspectos fundamentales, es competencia de la autoridad administrativa central, esto es el Poder Ejecutivo, actuando en Acuerdo o en Consejo de Ministros”, recuerda Vázquez a Lema.

En consecuencia, el máximo mandatario sentencia que “estrictas razones de orden constitucional y legal determinan la improcedencia formal y sustancial de vuestro planteo”.

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