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La Corte Penal Internacional no encuentra motivos para juzgar a Evo Morales por crímenes de lesa humanidad

El exmandatario boliviano había sido denunciado por las autoridades de su país por los bloqueos de carreteras durante la pandemia. Lo denunciado no configura delitos de lesa humanidad.

Foto de archivo
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La Corte Penal Internacional rechazó este lunes llevar a cabo una investigación contra el expresidente boliviano, Evo Morales, por organizar bloqueos y movilizaciones en carreteras de su país. El gobierno había pedido en setiembre de 2020 a la CPI que investigara a Morales por supuestamente hacer una campaña alentando “sistemáticos y organizados ataques sobre la población boliviana” para impedirle el acceso a suministros y servicios médicos que, según denunció, había provocado la muerte de 40 enfermos de coronavirus porque no se podía proveer oxígeno a los hospitales y “ansiedad al resto de la población”.

Según explico el fiscal en jefe de la CPI, Karim Khan, no se abrirá una investigación porque los supuestos actos no son competencia del máximo tribunal internacional con sede en La Haya, Países Bajos. “Tras una evaluación exhaustiva e independiente de la información de que dispone mi oficina, he determinado que no se cumplen los criterios establecidos en el Estatuto de Roma para abrir una investigación”, dijo Khan en un comunicado.

“Tras una evaluación exhaustiva e independiente de la información de que dispone mi oficina, he determinado que no se cumplen los criterios establecidos en el Estatuto de Roma para abrir una investigación”, dijo Khan en un comunicado. El Estatuto al que hace mención el magistrado estableció la creación de la corte en 2002, cuyo fin es juzgar los peores crímenes cometidos en todo el mundo. Los Estados pueden realizar las solicitudes de juzgamiento y la CPI estudia el caso para determinar si cabe o no un proceso.

La denuncia

La solicitud de Bolivia decía que a Evo Morales y a los organizadores de los bloqueos se les debía juzgar por impedir la libre circulación de la ciudadanía durante 12 días, lo cual había provocado un corte en el tránsito de suministros médicos durante la pandemia.

Khan manifestó que los manifestantes “pueden haber actuado con imprudencia”, pero que se encontró que los líderes de las protestas habían instado a que los medicamentos circulasen.

Inclusive si se hubiesen probado los supuestos actos durante el bloqueo, no se podrían calificar como un “ataque coordinado” contra la ciudadanía y, por eso, no configura un delito de lesa humanidad, explicó el letrado.

El fiscal jefe explicó que sus conclusiones “no deben considerarse como una toma de posición sobre ninguno de los acontecimientos o dinámicas relativas a los supuestos incidentes o sobre la experiencia que el pueblo de Bolivia tuvo de esos acontecimientos”.

 

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