CONDENA SIMBÓLICA

Fallo en La Haya: Monsanto daña la salud, el medio ambiente, la alimentación y la información

Según las conclusiones del Tribunal Internacional Monsanto, tras el juicio simbólico a la multinacional en La Haya, la actividad de la empresa afecta el derecho a la salud, el ambiente sano, a la alimentación, a la información, e incurrió en el “ecocidio”, si este delito fuera reconocido en el derecho internacional.

Fallo en La Haya: Monsanto daña la salud, el ambiente, la alimentación y la información.
Fallo en La Haya: Monsanto daña la salud, el ambiente, la alimentación y la información.

 

El “Tribunal Internacional Monsanto” dio a conocer este martes las conclusiones de su simulacro de juicio en La Haya. Tras varios meses de investigación sobre el desempeño de la empresa Monsanto, dedicada a la venta de semillas transgénicas y glifosato el tribunal consideró a la multinacional culpable por el delito de ecocidio, por contaminar el medioambiente, enfermar la salud de las personas, vulnerar los derechos de las personas a acceder a un medioambiente sano e impedir la libre investigación científica.

El tribunal es una una iniciativa inédita de la sociedad civil, de la que participaron más de mil organizaciones que reunieron testimonios y documentos que sirvan para fundamentar la incorporación de la figura de «ecocidio» al Estatuto de Roma que rige a la Corte Penal Internacional de La Haya. La decisión del tribunal no tiene validez legal pero su recomendación será utilizada para promover la figura de «ecocidio» y será una fuente de derecho en cada instancia judicial relacionada con el tema.

Tras la investigación se evidenció el daño que produce el paquete tecnológico que sostiene el agronegocio (cultivos con semillas genéticamente modificadas funcionales a los herbicidas y otros venenos) y el deber de los Estados de garantizar el cumplimiento de la normativa existente en relación a garantizar el derecho fundamental de las personas a vivir en un medioambiente sano y a proteger su salud.

El juicio simbólico contra Monsanto tuvo lugar el 14 y el 16 de octubre de 2016 en La Haya, Países Bajos con el objetivo de que la multinacional se responsabilice por violaciones a derechos humanos, crímenes contra la humanidad y ecocidio.

El Tribunal estuvo compuesto por cinco jueces de renombre de diversas procedencias que recogieron testimonios para “enjuiciar simbólicamente a la compañía estadounidense por crímenes contra la humanidad”. Los cinco jueces fueron: la senegalesa Dior Fall Sow (primera mujer en ser nombrada procuradora general en dicho país), el mexicano Jorge Fernández Souza (magistrado del Tribunal en lo Contencioso Administrativo de México), la argentina Eleonora Lamm (subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte de Mendoza), la belga Françoise Tulkens (ex jueza del Tribunal Europeo de Derechos Humanos) y el canadiense Steven Shrybman.

A su vez hubo dos abogados de enorme trayectoria como Gwynn MacCarrick y Jackson Nyamuya Maogoto, quienes oficiaron de amicus curiae (“amigos del tribunal”).

De las audiencias del juicio participaron y brindaron su testimonio víctimas de agrotóxicos, abogados, médicos e investigadores de diversos lugares del mundo como Bangladesh, Sri Lanka, India, Reino Unido, Canadá, Estados Unidos, Francia, México, Brasil, Argentina y Paraguay. Campesinos, y agricultores de esos mismos países pero también Burkina Faso, Dinamarca y Australia.
El Tribunal debió emitir una opinión consultiva en respuesta a seis preguntas (ejes) que constituyen el Marco de Referencia elaborado por el Comité de Organización del Tribunal. Las mismas se pueden consultar en la página web del tribunal.

Aquí un resumen de las preguntas formuladas al tribunal y la respuesta del mismo:

1- ¿La empresa Monsanto, con sus actividades, actúa en conformidad con el derecho a un medioambiente seguro, limpio, sano y sostenible?
Respuesta- Monsanto se ha involucrado en prácticas que han impactado de forma negativa el derecho a un medioambiente sano, debido a las fuertes repercusiones en la salud humana (especialmente en agricultores), suelos, plantas, organismos acuáticos, salud animal y biodiversidad.

2- ¿Monsanto lesionó el derecho a la alimentación?
Respuesta- Monsanto se ha involucrado en prácticas que tienen un impacto negativo en el derecho a la alimentación, afectando la disponibilidad de alimentos para individuos y comunidades, e interfiriendo con la habilidad de los individuos y comunidades de alimentarse.

3-¿Monstanto fecta el derecho a la salud?
Respuesta – Monsanto se ha involucrado en prácticas negativas para el derecho a la salud, dado que el glifosato es considerado en algunos estudios como un “carcinógeno probable para humanos” por la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

4- ¿Monsanto violó la libertad de investigación científica?
Respuesta- Monsanto afecta de forma negativa el derecho a la libertad para la investigación científica al intimidar, desacreditar investigaciones independientes. Al mismo tiempo existen reportes de investigación falsos y presión sobre gobiernos que están transgrediendo la libertad para la práctica científica.

5- ¿Se puede considerar que hubo supuesta complicidad de Monsanto en crímenes de guerra?
Respuesta- Entre 1962 y 1973, Monsanto comercializó más de 70 millones de litros de Agente Naranja (conteniendo dioxina) para ser utilizado como defoliante en la guerra de Vietnam. Sin embargo “debido al estado actual de la legislación internacional y la ausencia de evidencia específica, el Tribunal no puede dar una respuesta definitiva” a la pregunta sobre la complicidad con crímenes de guerra por esta acción.

6- ¿Se puede considerar que Monsanto comete ecocidio?
Respuesta- El Tribunal concluye que si el crimen de ecocidio fuera reconocido en la legislación penal internacional, las actividades de Monsanto posiblemente podrían enmarcarse en ese delito. Entre prácticas dañinas con el medio ambiente mencionadas en ese marco se encuentran la producción y suministro de herbicidas con base de glifosato a Colombia en el contexto de su plan para aplicación aérea en cultivos de coca; el uso a gran escala de agroquímicos peligrosos en la agricultura industrial; el diseño, producción, introducción y liberación de cultivos genéticamente modificados que generan dependencia con dichos insumos, entre otras.

El tribunal alertó sobre la creciente asimetría entre los derechos que se le conceden a las empresas y los derechos humanos a la salud y gozar de un ambiente sano. Alertan sobre las limitaciones que se imponen a la hora de proteger a las comunidades locales y futuras generaciones, en cualquier lugar que dichas empresas actúen.

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