Constructora Balsa & Asociados despide a 420 empleados tras irse a quiebra
La empresa se fue a concurso de acreedores en abril pasado y había enviado a sus más de 400 empleados a seguro de desempleo. Ahora, serán desvinculados completamente.
La empresa constructora Balsa & Asociados ha anunciado el despido de los 420 trabajadores que se encontraban en seguro de paro desde abril, marcando el fin de una etapa laboral para estos empleados que operaban en obras situadas en los barrios privados La Juana, Carlota y Pilar de los Horneros en Canelones.
La decisión, revelada en la última reunión celebrada con el interventor Fernando Cabrera de la Liga de Defensa Comercial, apunta a que este lunes 19 de agosto formalizarán las bajas laborales, tal como lo confirmaron fuentes cercanas al caso a La Diaria y El País.
Los trabajadores, quienes han quedado sin marco jurídico para recibir un seguro de paro especial tras esta desvinculación, ven con preocupación el desenlace de una situación laboral que venía mostrando señales de alerta desde hace meses.
Originalmente enviados al seguro de paro en abril por un plazo inicialmente estimado en cuatro meses, los empleados ahora enfrentan una completa incertidumbre laboral sin opción de extensión en el beneficio.
Balsa & Asociados en caída libre
El deterioro financiero de Balsa & Asociados, que derivó en su presentación al concurso de acreedores en un intento por reestructurar sus obligaciones, coincide con los reiterados llamados de atención del Sindicato Único Nacional de la Construcción y Afines (Sunca) sobre las condiciones laborales precarizadas.
Javier Díaz, secretario nacional de relaciones laborales del Sunca, remarcó el incierto futuro de las obras y la falta de garantías en el pago de los salarios acumulados desde mediados de abril.
Al contexto económico ya incierto se agrega la reciente solicitud de concurso voluntario de acreedores por parte de Balsa & Asociados, cuya finalidad es intentar mantener la actividad empresarial reactivando las obras paralizadas.
En un comunicado público de meses atrás, la empresa ha esbozado la presentación del concurso como un procedimiento para asegurar la actividad de sus proyectos y salvaguardar los derechos e intereses de todas las partes implicadas.
Este esfuerzo de reestructuración no escapa a la crítica del sindicato, que deja claro su escepticismo respecto a la resolución pronta de los problemas financieros enfrentados por la compañía.
A juicio del Sunca, el concurso implica un proceso extensivo y complicado, contrario al optimismo moderado expresado por la empresa, que considera una posible mejora mediante la venta de sus proyectos a inversionistas interesados.
¿Qué es la Ley 18.387 y cómo funciona en Uruguay?
La Ley 18.387 de Concurso de Acreedores en Uruguay, promulgada en 2008, establece el marco normativo para los procedimientos concursales destinados a la reorganización o liquidación de empresas que enfrentan dificultades financieras.
Este proceso es conocido en muchos países como proceso de quiebra o insolvencia, y tiene como principal objetivo ofrecer una solución justa y ordenada tanto para los deudores como para los acreedores, buscando equilibrar los intereses de ambas partes.
La ley introduce el concepto de “concurso”, que puede ser solicitado por una empresa deudora o por sus acreedores. Existen dos tipos principales de concurso: el concurso voluntario, iniciado por la propia empresa, y el concurso necesario, solicitado por los acreedores.
Una vez declarado el concurso, se nombra a un síndico, o interventor, que supervisa el proceso y actúa en representación de los acreedores.
Uno de los aspectos centrales de la Ley 18.387 es la posibilidad de reestructuración de la empresa mediante un acuerdo con los acreedores. Este acuerdo, que busca preservar la empresa como una unidad económica, puede incluir medidas como la reprogramación de deudas, reducción de intereses o la venta de activos no esenciales para generar liquidez. Si la reestructuración no es viable, el proceso conduce a la liquidación de la empresa, en la que se venden sus activos para pagar a los acreedores en el orden de prelación establecido por la ley.
También se destacan las disposiciones para proteger a los trabajadores y asegurar el pago de sus créditos laborales, que tienen preferencia sobre otros tipos de deudas.
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