Récord en 2023: 1.600 recursos de amparo por medicamentos y tratamientos de alto costo
La mayoría de los recursos de amparo (91% en 2023) se dirigieron contra el FNR y el MSP de manera simultánea, reflejando las situaciones de miles de familias en todo el país.
El año pasado marcó un hito en la lucha de muchos ciudadanos uruguayos por acceder a tratamientos médicos de alto costo que no están cubiertos por el sistema de salud. Según datos revelados por el Fondo Nacional de Recursos (FNR), se registraron aproximadamente 1.600 recursos de amparo en 2023, lo que representa un aumento del 10% con respecto a los 1.436 pedidos registrados en 2022.
Este incremento en los recursos de amparo para tratamientos médicos de alto costo es significativo, ya que también muestra un aumento del 50% en comparación con los reclamos presentados en 2021, que fueron 958.
Estos recursos son fundamentales para aquellos pacientes cuya vida depende de tratamientos que suelen tener un costo prohibitivo, llegando a decenas de miles de dólares.
El año 2023 marcó un nuevo récord en la cantidad de recursos de amparo presentados, aunque este aumento fue menor en comparación con el salto máximo registrado en 2017, que fue del 85%.
En ese año, el mecanismo judicial basado en la ley 16.011 experimentó un auge notable, permitiendo la entrega rápida de tratamientos costosos en 24 horas tras la primera sentencia, debido a la falta de efecto suspensivo en el fallo.
El caso emblemático de Luciano Supervielle y su hija
Uno de los casos más emblemáticos que puso de manifiesto la complejidad del acceso a tratamientos médicos costosos fue el del músico Luciano Supervielle, quien luchó para obtener el fármaco Voxzogo o Vosoritide para el tratamiento de su hija con acondroplascia.
La orden judicial que permitió la compra de este tratamiento por parte del Ministerio de Salud Pública (MSP) por un valor de US$ 32.000 resaltó las dificultades que enfrentan muchas familias en el país para acceder a la medicación necesaria.
El alto costo de los tratamientos médicos de alto costo y su exclusión de la canasta de prestaciones del FNR o su negativa a entregarlos a ciertos pacientes o para determinadas enfermedades son algunos de los desafíos que enfrentan los solicitantes. Las demandas por más de 200 medicamentos y tratamientos de este tipo ante el FNR y otros organismos como el MSP y el Banco de Previsión Social (BPS) alcanzaron los 1.593 en 2023.
Es importante destacar que la mayoría de los recursos de amparo (91% en 2023) se dirigieron contra el FNR y el MSP de manera simultánea, reflejando la urgencia y la complejidad de la situación. Sin embargo, las condenas judiciales suelen recaer principalmente sobre el MSP, lo que en ocasiones prolonga el proceso y deja a pacientes en espera, algunos de los cuales lamentablemente fallecen durante este tiempo de espera.
En términos monetarios, el FNR invirtió US$5.7 millones en el año 2023, mientras que en 2022 había dispuesto US$6.2 millones con menos cantidad de reclamos.
¿Quiénes son los beneficiarios del FNR?
Para ser beneficiario del Fondo Nacional de Recursos (FNR) en Uruguay, es necesario cumplir con ciertas condiciones de radicación y cobertura de salud. Estas condiciones se aplican tanto a personas que utilizan el sistema público de asistencia como a aquellos que tienen cobertura a través del Fondo Nacional de Salud (FONASA) o son afiliados a una Institución de Asistencia Médica Privada o Seguro Integral como aportante individual.
La Comisión Honoraria Administradora del FNR ha establecido pautas claras para interpretar el concepto de radicación, las cuales se detallan a continuación:
- Residencia Legal o Permanente: Se considerarán radicados en el país aquellos que posean residencia legal o permanente otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE).
- Habitantes con Residencia en Trámite: Las personas que habiten en el país sin residencia legal (con residencia en trámite) serán consideradas radicadas en el país si están afiliadas a través de FONASA.
- Habitantes sin Residencia Legal y no Afiliados a FONASA: Si una persona habita en el país sin residencia legal y no está afiliada a un prestador integral a través de FONASA, será considerada radicada en el país si cumple con alguna de las siguientes condiciones:
- Está asegurada por cuota de afiliación individual o colectiva a un prestador integral.
- Es usuario registrado en el padrón de ASSE como afiliado no asegurado.
- Es usuario registrado en el padrón de Sanidad de las Fuerzas Armadas o Sanidad Policial.
Es importante tener en cuenta que para aquellos que están asegurados bajo un convenio internacional de seguridad social, se aplicarán los términos de dicho convenio en cuanto a su radicación y cobertura de salud.
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