Fiscal pide archivo de la denuncia contra López Mena por subasta de aviones de ex PLUNA
El Fiscal especializado en Crimen Organizado, Luis Pacheco, solicitó el archivo de la denuncia contra el empresario argentino Juan Carlos López Mena y el representante de la empresa española COSMO, indagados por presuntas irregularidades durante el proceso de subasta de los aviones de la ex aerolínea PLUNA.
Pacheco estimó que “no existen elementos de convicción suficientes para atribuir responsabilidades penales”.
Las investigaciones fueron iniciadas en el 2014, a efectos de indagar presuntas responsabilidades penales en que podrían haber incurrido los indagados Juan Carlos López Mena y Hernán Antonio Calvo en ocasión de su participación en la subasta de los siete aviones CRJ Bombardier de la ex- PLUNA, que se llevó a cabo en octubre de 2012.
En opinión de la Fiscalía, la participación de la empresa COSMO. SA en dicha subasta, representada Calvo, con una participación probada del también indagado López Mena en cuanto a haber captado el interés de dicha empresa española en el remate y mantenido reuniones con autoridades para viabilizar su presentación, “se encuadra dentro de las normas civiles y comerciales aplicables”.
Asegura que las “vicisitudes que siguieron a la oferta y a su posterior desistimiento deben ser resueltas en dicho marco, todo sin perjuicio de las responsabilidades penales atribuidas a funcionarios públicos intervinientes, que se sustancian en el expediente principal”.
No se vislumbran conductas dolosas
Pacheco expresa que “tanto las circunstancias que rodearon la presentación de la empresa COSMO, avalada por el Banco República, como el desistimiento de la oferta por los múltiples motivos que se esgrimieron, como las controversias jurídicas que se suscitaron entre el BROU y la aseguradora Boston para el cobro de la póliza, como la asunción del pago del aval por parte del indagado López Mena, como el préstamo de 500.000 euros de éste a la empresa COSMO, no evaden el marco de la esfera del derecho civil y comercial, y no concurren los requisitos que prevé el tipo penal de la estafa, ni se vislumbran conductas dolosas intencionalmente dirigidas a causar un daño al Estado o al fideicomiso”.
El fiscal afirma que “no se puede inferir una intención dolosa o una maniobra orquestada en la presentación de la empresa COSMO, sino que por el contrario dan cuenta del giro que tuvieron los acontecimientos con posterioridad a la subasta, que condujeron a su posterior desistimiento de la oferta, con las consecuencias jurídicas que implicaba”.
Compartí tu opinión con toda la comunidad