AMODIO

La Corte de Justicia confirma clausura de la causa contra Héctor Amodio Pérez

La Suprema Corte de Justicia (SCJ), con el voto coincidente de tres de sus miembros, desestimó el recurso de casación interpuesto por la fiscal Stella Llorente contra la sentencia del Tribunal de Apelaciones que revocó el procesamiento con prisión del ex integrante del MLN-T, Héctor Amodio Pérez.

amodio-perezEn la resolución del máximo órgano de Justicia se expresa que “ninguno de los motivos de agravio invocados por el fiscal letrado nacional en lo Penal resultan susceptibles de provocar nulidad de la sentencia impugnada”.

“Si el Tribunal consideró que las detenciones llevadas a cabo fueron legítimas, entonces, en tal enfoque, la conducta del Amodio Pérez no pudo tipificar el delito de privación de libertad concebido como de ‘lesa humanidad’, circunstancia que, en el punto, deja en evidencia la debilidad del planteo de la Fiscalía” se argumenta en el fallo, que se conoció este jueves y difundió el Poder Judicial.

Entonces, si las detenciones fueron “legítimas”, por responder al marco legal vigente en el momento, “no se entiende por qué entonces el acusado debiera ser enjuiciado por un delito cuya acción típica antijurídica, en su descripción legal particularizada, no contiene referencia alguna a conductas posteriores como las relevadas por señora Juez  ante quien se apela, las que, a la postre, no le fueron siquiera imputadas a Amodio”.

Por lo tanto, en el período democrático anotado, “la jurisdicción militar era legítima, desde que su respaldo normativo estaba dado por el Parlamento a través de las leyes referidas y/o por el Poder Ejecutivo a través del dictado de los decretos reseñados, constituyendo, en ese momento, el marco legal vigente que habilitaba las detenciones por parte del personal militar”, se indica en la sentencia.

También se indica que “no pueden caber dudas acerca de que la jurisdicción militar y las detenciones eran legítimas, más allá del juicio de valor, oportunidad o conveniencia, que cada uno pueda formular al respecto”.

En el específico ámbito apuntado, “la colaboración que un civil hubiera prestado a un funcionario del Estado, para la realización de una actividad de detención amparada por el orden jurídico vigente, no puede ser considera ilícita” se expresa en el fallo emitido este jueves por la corporación.

La fiscal había argumentado que Amodio Pérez no estaba amparado en la Ley de Amnistía, tal como justificaba el Tribunal de Apelaciones de 4º Turno que revocó su procesamiento, porque había cometido delitos de “lesa humanidad”, que quedan por fuera de dicha normativa.

Noveno Círculo de Dante

El ex presidente de la República José Mujica se refirió al fallo, luego del homenaje a Eleuterio Fernández Huidobro.

“Ese tipo de cosas Dante las colocó en el noveno Círculo del infierno, que es algo más que el olvido. Allí Dante colocó a Lucifer, es el círculo de los seres humanos traidores. Y eso no tiene liberación por ninguna parte”, sentenció Mujica.

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