PROYECTO

Trabajadores de entre 40 y 50 años podrán desafiliarse de las AFAPs

El Ejecutivo remitirá en las próximas horas al Parlamento el proyecto de Ley por el cual se permitirá la desafiliación de los trabajadores de entre 40 y 50 años del régimen de las AFAPs.

AFAP Union Capital

En 1996 entró en vigencia el actual sistema de seguridad social mixto, que prevé un régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional a cargo del Banco de Previsión Social (BPS), y otro de jubilación por ahorro individual obligatorio, administrado por Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP).

Este martes se conoció el proyecto de Ley que será remitido por parte del gobierno al Parlamento y que modifica parcialmente el régimen

Según informó Montevideo Portal, el cambio está permitido para los trabajadores que “tienen entre 40 y 50 años de edad”.

Cuando el régimen entró en vigencia, no era obligatorio para quienes tenían causal jubilatoria al 31 de diciembre de 1996 ni para los mayores de 40 años.

En tal sentido, muchos trabajadores optaron por el ahorro individual, de todas formas y en algunos casos no les resultaba conveniente, por lo que hubo decretos que los habilitaron a dejar sin efecto la decisión.

El proyecto establece la posibilidad de desafiliación, pero  se exige “un asesoramiento previo obligatorio por parte del BPS y el consentimiento informado del gestionante. El plazo para iniciar el trámite es de dos años”, informó Montevideo Portal.

Edades

En la exposición de motivos del proyecto se expresa que habilitar a los trabajadores de entre 40 y 50 años de edad para tomar la decisión de desafiliarse de la AFAP obedece a que la revocación no se realice a edades muy tempranas ya que la información disponible en ese momento no permitiría extraer conclusiones siquiera aproximadas acerca de cuál es la opción más conveniente para el afiliado”.

Mientras que tampoco es conveniente realizarse en tiempos muy cercanos a la jubilación, “porque de ese modo se promoverían conductas puramente especulativas, al permitir que el afiliado siguiera aportando a la AFAP con la seguridad de que, si al final ello no le terminare resultando conveniente, podría, con cartas vistas, retornar al BPS y descargar sobre el resto de la sociedad el costo de su decisión”.

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