LANGON. DEFENSA DEL CORONEL (R) MACHADO APELARA PROCESAMIENTO

Juez envía a prisión al autor del primer asesinato de la dictadura

El coronel (r) Tranquilino Machado fue procesado como autor del «homicidio muy especialmente agravado», en julio de 1973, del joven militante de la UJC Ramón Peré, muerto tras recibir un disparo por la espalda. Peré fue el primer muerto de la dictadura.

El juez penal de 3er Turno, Rubén Saravia, hizo lugar a la requisitoria formulada sobre fines de 2010, por el fiscal Juan Gómez, y dispuso el enjuiciamiento con prisión del oficial, como responsable de un acto ilegítimo cometido «con impulso de brutal ferocidad», según el fallo al cual accedió LA REPÚBLICA.

En este sentido, el magistrado consideró que la muerte de Peré se produjo «por motivos fútiles, frívolos, irracionales, ilógicos, absurdos, existiendo en principio una gran desproporción entre el motivo y la acción de matar». Asimismo, el juez rechazó la tesis de la «legítima defensa» fundada por la defensa de Machado, por cuanto no existe probanza «plena e indubitable» de estarse ante una acción adoptada frente a una «agresión no provocada».

El procesamiento del coronel (r) Machado eleva a 17 el número de militares y policías procesados o condenados por crímenes de la dictadura (1973-1985). Asimismo, un militar y dos policías fueron enjuiciados por delitos perpetrados antes del golpe de Estado.

 

Por la espalda

Peré, estudiante de Veterinaria y militante de la FEUU, se encontraba ocupando el local del centro de estudios, en el marco de la huelga general, convocada por el PIT-CNT, en protesta por el golpe de Estado encabezado por el dictador Juan María Bordaberry.

El joven repartía volantes y arrojaba «miguelitos» con un compañero en las inmediaciones del centro de estudios, cuando detectaron que eran seguidos por dos efectivos vestidos de civil. Los jóvenes corrieron, y uno de los efectivos hizo fuego «desde corta distancia». Una de las balas alcanzó a Peré y le produjo la muerte. La pericia efectuada por la dictadura afirmó que la muerte se produjo en el marco de un enfrentamiento.

Empero, dos pericias técnico-forenses realizadas por especialistas del Instituto Técnico Forense (ITF) deslegitimaron dicha versión, estableciéndose como causa de la muerte un disparo de arma de fuego, «claramente desde atrás hacia delante», es decir, por la espalda.

En este sentido, los dos oficiales indagados en la causa alegaron haber recibido disparos por parte de los estudiantes, pero «dichas aseveraciones resultan desvirtuadas hasta el presente por las probanzas diligenciadas». «Los referidos estudiantes no acostumbraban a usar armas, estaban en desacuerdo con el uso de armas, y en la oportunidad salieron desarmados», valoró el juez Saravia.

La confirmación en un fallo judicial de la acción no violenta por parte de Peré generó satisfacción en su familia. Andrés Peré, hijo del malogrado joven, afirmó que la decisión del juez Saravia es «confirmar lo que como familia sabemos: que no estaba armado». «Ahora la Justicia del país lo reconoce», dijo.

 

Apelación

En tanto, la defensa del coronel (r) Machado adelantó que apelará el fallo, ante la inexistencia de medidas probatorias suficientes para fundar una posible condena. Las pruebas obrantes en autos «hacen imposible condenar», expresó el abogado Miguel Langón.

La defensa cuestionó el incremento de los plazos de prescripción del delito por el supuesto de «peligrosidad», e insistió en la tesis de un enfrentamiento entre Peré y ambos oficiales («en un enfrentamiento armado es indiferente e irrelevante por donde ingrese la bala»). «No hay argumentos», dijo el abogado.

En este sentido, el letrado cuestionó la decisión de la Justicia de «procesar por sospecha o por convicción, sin pruebas suficientes y en base a un derecho penal del enemigo, por el cual se utiliza «la Justicia como un arma de guerra y no como un instrumento para mantener la paz social».

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