Indemnización a víctimas del terrorismo de Estado suma U$S 2.500.000 al 2011
La Comisión Especial de Reparación, creada por la Ley Nº 18.596, otorgó $ 49.652.085 (U$S 2.507.681) como indemnización económica a las víctimas de la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 hasta el 28 de febrero de 1985, según señala la Memoria Anual 2010 del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), presentado recientemente ante el Parlamento.
El informe del MEC detalla que en 2010 fueron resueltos 101 expedientes, por un monto total de $ 43.271.615 (U$S 2.185.436), mientras en 2011 ya obtuvieron decisión favorable 9 expedientes, por $ 6.380.470 (U$S 322.245), con lo cual se supera los U$S 2.500.000 de indemnización para las víctimas de la acción ilegítima del Estado, en el período de referencia.
La Ley Nº 18.596, aprobada en setiembre de 2009, supuso el reconocimiento del Estado del quiebre institucional perpetrado el 27 de junio de 1973, por el dictador Juan María Bordaberry, y la violación sistemática de los derechos humanos y las normas del Derecho Internacional Humanitario, durante dicho período.
Asimismo, la norma admitió la responsabilidad del Estado en las «prácticas sistemáticas de tortura, desaparición forzada y prisión sin intervención del Poder Judicial, homicidios, aniquilación de personas en su integridad psicofísica, exilio político o destierro de la vida social», entre el 13 de junio de 1968 y el 26 de junio de 1973, en el marco de la aplicación de las Medidas Prontas de Seguridad.
En este sentido, el Estado reconoció el derecho de reparación integral para las víctimas, lo cual «deberá hacerse efectiva cuando correspondiere con medidas adecuadas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición». La norma incluye, por tanto, indemnizaciones económicas, atención sanitaria física y psíquica para las víctimas, y un cúmulo de reparaciones morales o simbólicas.
Indemnizaciones
La Ley Nº 18.596 estipula cuatro niveles de indemnización para las víctimas de la acción ilegítima del Estado: 500.000 Unidades Indexadas (UI), o sea, $ 1.087.950 (U$S 54.946) para los familiares de víctimas fallecidas o desaparecidas; 375.000 UI ($ 815.962, o U$S 41.210) para los niños o niñas que hayan permanecido desaparecidas por más de treinta días; 250.000 UI ($ 543.975, o U$S 27.473) para las víctimas de lesiones gravísimas; y 200.000 UI ($ 435.180, o U$S 21.979) para los niños nacidos en cautiverio o detenidos por más de 180 días con sus padres.
En este sentido, los datos proporcionados por la Secretaría de Estado señalan que en 2010 fueron resueltos 58 expedientes vinculados con niños nacidos en cautiverio o secuestrados con sus padres por más de 180 días; 13 referidos a ex presos políticos víctimas de lesiones gravísimas por las condiciones de reclusión (entre ellas, secuelas de la tortura); y 10 en beneficio de familiares de víctimas fallecidas o desaparecidas durante el accionar represivo del Estado.
Además, 19 expedientes corresponden a personas procesadas o detenidas por los órganos del Estado, o exiliadas políticas, casos para los cuales no existe una indemnización económica, pero si beneficios en salud de ser necesario. Un expediente entendía sobre dos causales: haber nacido en cautiverio y ser familiar de víctima fallecida o desaparecida.
En tanto, la Comisión Especial de Reparación da cuenta de la existencia de 9 expediente ya resueltos durante los primeros dos meses de 2011, de los cuales 5 corresponden a familiares de víctimas fallecidas o desaparecidas y 4 a niños nacidos en cautiverio.
Asimismo, existen 168 expedientes sustanciándose o en el Area Técnica, y otros 634 expedientes ingresados en el área administrativa de la Comisión (145 por lesiones gravísimas, 200 tramitados por familiares de víctimas fallecidas o desaparecidas, 5 de nacidos en cautiverio o detenidos con sus padres por más de 180 días, y 284 presentados por ex presos políticos para la obtención de documentos resarcitorios y beneficios de salud).
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