Clausuran acusación penal contra Flores Silva
La fiscal Mirta Guianze desistió de continuar la indagatoria y la acusación en llamado «caso Posdata», razón por la cual el asunto fue clausurado en el Juzgado Penal de 9º turno. En abril de 1998, la mencionada fiscal había solicitado y obtenido del juez Juan Carlos Contarín el procesamiento de los responsables de la edición de la revista Posdata, Manuel Flores Silva, Felipe Flores Silva y Eduardo Alonso Bentos, desencadenándose en ese momento una severa polémica, ya que los imputados sostuvieron que se encontraban ante una «decisión politizada» de la Justicia. Los acusados tuvieron en ese momento la solidaridad de quienes entonces presidían los cuatro partidos políticos, entre numerosas muestras de solidaridad de personalidades del quehacer nacional.
Sobre el archivo de la causa fuentes allegadas al profesor Manuel Flores Silva dijeron textualmente a LA REPUBLICA: «Flores Silva fue siempre inocente. Sobre los directivos de Posdata no recayó jamás sentencia alguna. Se desiste por parte de la Fiscalía de continuar el juicio antes de que haya provisto sentencia alguna. Como es harto sabido, en un procesamiento se mantiene la presunción de inocencia del imputado hasta que resuelva la sentencia.
La ley 17.272 de reciente aplicación determina que cuando la Fiscalía de cada asunto considera que el caso no amerita su continuación, entonces se dispone su clausura. Simplemente se ha tomado nota de que la Fiscalía ha dispuesto que ella no le encontraba sentido a continuar su acusación contra los directivos de Posdata.
El año pasado la revista Posdata reveló que, según la información que dijo poseer, el procesamiento en su contra fue elaborado en conjunto por el juez Contarín en una reunión que mantuvo con el fiscal de Corte, doctor Peri Valdez.
Habían sido interrogados menos de 20 de los 116 testigos que en una primera instancia habían presentado los directivos de Posdata en defensa de su inocencia –así como se había producido un par de careos que a juicio de la defensa resultaron claves– cuando se dispuso la clausura sin oposición fiscal sino con su acuerdo.
La Fiscalía, reiteramos, ha abandonado el caso antes de que recaiga sentencia alguna. Esto es que, depositarios que son los directivos de Posdata de inocencia, no gestionando la Fiscalía la probanza de culpabilidad alguna, no tiene sentido insistir en probar una inocencia que la Fiscalía ha resuelto no agraviar, ya que la propia Fiscalía renuncia a buscar culpabilidad alguna».
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