España impone restricciones a la publicidad comercial en TV
El reglamento de la Ley Audiovisual que entrará en vigor el próximo 7 de enero, limita a 12 minutos por hora la cantidad de publicidad que pueden emitir los medios audiovisuales de comunicación, es decir la televisión. Sólo doce minutos por hora de publicidad comercial.
Los anuncios de autopromoción de los canales están excluídos de ese límite pero también dentro de ciertas condiciones, como la de estar relacionados con los propios programas (no cuaslquier bolazo) y no exceder en total de 5 minutos por hora. Esto incluye todo lo que nos publicidad definida. Incluye las referencias al propio canal y hasta los mensajes emitidos por los televidentes para interactuar con los programas.
Por su parte, la publicidad inserta dentro de los programas, perpetrada por el propio presentador, está sujeta a un tope de 3 minutos por hora.
El mismo reglamente permite la emisión de avisos publicitarios aislados en las trasmisiones deportivas, siempre que el juego se encuentre detenido.
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