TRANSPORTE

Junta Departamental aprobó decreto que habilita y regula funcionamiento de Uber y Cabify

La Junta Departamental aprobó en general, por 29 en 31 ediles, el decreto de la Intendencia de Montevideo que regula la actividad de los servicios de transporte de pasajeros contratados por aplicaciones electrónicas.

uber-uruguayEl decreto, que resultó aprobado por el deliberativo departamental, habilita la modalidad de transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados, contratados a través de plataformas electrónicas.

Durante la votación en la Junta Departamental, los empleados del Taxi, agremiados en Sindicato Único de Automóviles con Taxímetro y Telefonista (SUATT) protestaron contra la propuesta de la Intendencia capitalina.

Disposiciones

A través de la nueva normativa se reconoce dos tipos de actores: “La plataforma y los prestadores del servicio final”.

En tal sentido, se indica que la plataforma es la “intermediaria” y se dispone la creación de un “registro de plataformas” y un “registro de propietarios de vehículos”.

Asimismo, será la Intendencia de Montevideo “la que determinará las condiciones que tendrán que cumplir tanto la plataforma como los choferes adheridos a ella, para acceder al registro”.

Otro de los aspectos es que se limita a uno, la cantidad máxima de vehículos que un mismo propietario puede tener en el registro.

También se establece que el servicio de transporte debe ser prestado en condiciones de seguridad, tales como: “vehículos en condiciones, choferes con libreta profesional y póliza de seguro contra todo riesgo”.

“Los trabajadores realizan los aportes con la garantía de que se efectuará la prestación de un servicio público por parte de un actor privado que pasa a estar regulado”, se indica en el decreto departamental.

También se dispone que los conductores deben tener licencia de conducir profesional, carné de salud vigente, cumplir con las obligaciones fiscales y con que los vehículos habilitados tienen que tener menos de cuatro años de antigüedad, estar empadronados en Montevideo y tener capacidad para transportar no más de cinco pasajeros y sólo aceptar pasajeros despachados por la plataforma.

Por su parte, el propietario del vehículo también deberá demostrar a la Intendencia, una vez al año, que está al día con los aportes al BPS.

Los vehículos de las aplicaciones deberán tener una inspección técnica una vez al año.

Las obligaciones para las plataformas radican en que “deben estar en el registro que establece la normativa y únicamente pueden despachar vehículos que figuren en el registro”.

“Un mismo vehículo puede ofrecer el servicio de transporte para más de una plataforma o aplicación. Sin embargo, “se habilitará a tener un solo vehículo por persona”.

La Intendencia de Montevideo se reserva el derecho de fijar en un máximo la tarifa del servicio si se detecta que el precio es abusivo.

El Gobierno departamental establece la obligación para las plataformas de realizar un aporte económico, “ya que el servicio que presta utiliza las calles”.

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