Presentan proyecto de Ley contra la violencia y acoso entre niños y adolescentes
La diputada del Partido Colorado Susana Montaner (Vamos Uruguay) presentó un proyecto de Ley contra la violencia y acoso entre niños y adolescentes, el cual tiene como objeto “promover la convivencia sin violencia en niños y adolescentes tanto dentro de las instituciones educativas como fuera de ellas, para garantizar condiciones de vida humana entre todos, teniendo el respeto como base para que esta se pueda desarrollar, sin discriminación alguna.
La legisladora considera que el abuso o acoso escolar (bullying) de niñas, niños y adolescentes dentro y fuera de los centros escolares, es un problema que está siendo detectado con “graves consecuencias” a nivel nacional como internacional, el cual requiere una legislación que lo prevea para de esta forma erradicarlo a través de la educación.
El bullying ha tenido una creciente notoriedad pública en el último tiempo, sobre todo debido a su exposición mediática, lo que ha incidido en la percepción pública del incremento, tanto en su frecuencia, como también en el nivel de violencia asociado a él, asegura Montaner.
El proyecto
El proyecto, que consta de 14 artículos, tiene como objetivo “promover la convivencia sin violencia en los niños, niñas y adolescentes tanto dentro de las instituciones educativas como fuera de ellas, para garantizar condiciones de vida humana entre todos, teniendo el respeto como base para que esta se pueda desarrollar, sin discriminación alguna”.
También establece que su ámbito de aplicación serán todas las instituciones educativas públicas y privadas, clubes, organizaciones y establecimientos legalmente constituidos que agrupen a niños, niñas y adolescentes.
En el proyecto se define el acoso estudiantil o bullying a “todo tipo de violencia que se caracteriza por conductas intencionales de hostigamiento, falta de respeto, maltrato verbal, físico o psicológico que recibe un niño, niña o adolescente por parte de uno o varios, con el objeto de intimidarlo, excluirlo, discriminarlo o usarlo como objeto de diversión, atentando de esta forma contra su integridad, dignidad y derecho de gozo de un entorno libre de violencia”.
El mismo puede extenderse tanto en “ámbitos estudiantiles como fuera de ellos, incluyendo el cyberbullying”.
Se entiende por cyberbullying al comportamiento de “bullying manifestado a través de plataformas virtuales y herramientas tecnológicas, tales como chats, blogs, fotologs, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfono y otros medios tecnológicos”.
Por otro lado, en su propuesta legal, la legisladora colorada propone que “todas las instituciones educativas públicas y privadas, clubes, organizaciones y establecimientos legalmente constituidos que agrupen a niños, niñas y adolescentes, deberán contar con un ‘Encargado de Buena Convivencia’ que será responsable de un ‘Plan de Buena Convivencia’ que establezca un programa de buenas prácticas educativas, en especial antibullying”.
Los niños, niñas, adolescentes, padres, madres, tutores, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes, educadores, trabajadores y directivos de los establecimientos e instituciones deberán “propiciar un clima que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de conducta que pueda llevar a que se desarrolle el bullying”.
En la propuesta se dispone que “revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un niño, niña o adolescente integrante del establecimiento o institución, realizada por quien ostente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto contra un niño, niña o adolescente”.
Tales personas tendrán la obligación de informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un niño, niña o adolescente de las cuales tomen conocimiento debiendo proceder de acuerdo al reglamento de la presente que será establecido por el Poder Ejecutivo.
A través del proyecto se dispone la creación de un documento que contendrá información de carácter confidencial que formará parte del archivo del centro respectivo y este estará a cargo de su Dirección. “Tiene por finalidad registrar los acontecimientos relacionados a la violencia y acoso entre estudiantes y el conglomerado de sus integrantes”.
También se establece que las medidas correctivas tendrán por objeto “orientar la formación y el cambio de comportamientos inadecuados”. Estas medidas implican “diálogo y solución pacifica de los conflictos, así como la promoción de valores positivos y consejería”.
Por otro lado se determina que “se encuentra expresamente prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluido castigos físicos y humillantes así como cualquier otra sanción que pueda poner en riesgo la salud y el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes”.
“El Estado proporcionará la capacitación sobre la promoción sobre buena convivencia escolar y manejo de situaciones de conflicto para erradicar la violencia entre niños, niñas y adolescentes”, se indica a través del articulado, a la vez se indica que el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) será “responsable de la vigilancia y cumplimiento de la Ley”.
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