Ginecólogos podrán abstenerse de participar en procesos abortivos al ganar juicio al gobierno
El Gobierno perdió un juicio ante un grupo de 100 ginecólogos que presentaron un recurso para impugnar 11 de los 42 artículos del decreto que reglamentó la ley de interrupción voluntaria del embarazo.
Según publicó el portal del Espectador en base a El Observador, el fallo permite a todos los ginecólogos, no solo a los que presentaron el recurso, a abstenerse de participar en cualquiera de los pasos que una mujer tiene que seguir para realizarse un aborto, por no estar de acuerdo con la práctica, lo que se considera objeción de conciencia.
En el decreto original, los médicos objetores de conciencia solo podían manifestarse contrarios a practicar un aborto al momento de coordinar el procedimiento, es decir realizar el legrado o recetar el medicamento para abortar. Pero estaban obligados a participar de la primera consulta de la mujer con un equipo interdisciplinario y a firmar el formulario de interrupción voluntaria del embarazo.
Según informa El Observador, el TCA expresa en sus fallos que «quien firma este formulario está participando activa y directamente en el proceso de interrupción del embarazo, a lo cual no permite objetar, sino que se obliga a intervenir».
Derecho a la objeción de conciencia
Para los médicos el decreto restringía «ilegítimamente el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia del personal de salud», según establece la sentencia a la que accedió dicho matutino. El TCA falló a favor de siete de esos 11 artículos.
A partir de la anulación de determinados artículos e incisos, los médicos no estarán obligados a derivar a otro especialista a una paciente que quiera practicarse un aborto pero sí estarán obligados a informar sobre las alternativas disponibles ante un aborto, como la adopción, o la existencia de organizaciones que colaboran con las mujeres embarazadas, según explicaron a El Observador Gianni Gutiérrez y Agustín Amonte, abogados de los médicos.
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