Decreto

Gobierno reglamenta que organismos públicos están obligados a disponer un 8% de cupos para afrodescendientes

El Ejecutivo presentó este lunes el decreto de reglamentación de la Ley 19.122, que contiene acciones afirmativas para mejorar la participación de las comunidades afrodescendientes en el trabajo y el estudio.

Se intenta mejorar la participación de las comunidades afrodescendientes en el trabajo y el estudio.

La Ley 19.122 establece que los organismos públicos están obligados a disponer de un 8% de los cupos de trabajo para la población afrodescendiente.

En tal sentido, la Oficina Nacional de Servicio Civil deberá hacer efectivo el cumplimiento de la normativa.

Mientras que el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) abrirá un cupo no inferior al 8 % en cursos de capacitación.

Becas

Asimismo, este lunes se informó que el Ministerio de Educación y Cultura asignará un 30% de las becas Carlos Quijano para estudios de postgrado en el exterior del país.

“Estas obligaciones tienen quince años de vigencia. Además, al cierre de cada año se deberá presentar un documento que resuma los logros obtenidos en materia de integración social con la comunidad afrodescendiente”, se informó.

El ministro de Trabajo y Seguridad Social, José Bayardi, destacó la relevancia del momento histórico para la viabilidad política de la lucha contra el racismo.

Para el ministro de Desarrollo social, Daniel Olesker, la normativa tiene que ser el comienzo de un proceso para extender el mecanismo al conjunto del mercado laboral, incluido el sector privado.

Por su parte, el subsecretario de Educación y Cultura, Óscar Gómez, dijo que el decreto forma parte de un proceso histórico.

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